Tesis num. IV.2o.P.10 P (10a.) de Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Cuarto Circuito, 26-11-2021 (Tesis Aislada)

Fecha de publicación26 Noviembre 2021
MateriaConstitucional, Penal
EmisorSegundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Cuarto Circuito

El reenvío que el precepto citado hace a "las leyes o reglamentos, las circunstancias y sus condiciones personales, o las normas de la profesión o actividad que desempeña", para determinar la inobservancia del deber de cuidado que al sujeto activo le incumbe de acuerdo con éstas, no lo convierte en una "norma penal en blanco", en la que el legislador deja a otra instancia el establecimiento del elemento típico pues, en el caso, la remisión sólo es para interpretar ese ordenamiento y no para integrar el delito imputado, atribuido a título de culpa, pues éste se actualiza al cumplirse las condiciones que el artículo que lo prevé establece. Así, la remisión se justifica por lo complejo y técnico de algunas disposiciones, que impiden que el legislador señale cada uno de los supuestos en que puede inobservarse el deber de cuidado; de ahí que aluda a las leyes, reglamentos, así como a las circunstancias y condiciones personales del activo o a las normas de la profesión o actividad que desempeñe. Lo anterior, porque en el obrar culposo pueden intervenir múltiples sujetos activos, como médicos, ingenieros y diversas personas que, de acuerdo con las funciones y actividades que realicen, tienen la obligación de observar un deber de cuidado, lo que impide que el legislador...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR