Tesis num. III.3o.P.7 P (10a.) de Tercer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Tercer Circuito, 02-07-2021 (Tesis Aisladas)

Fecha de publicación02 Julio 2021
MateriaComún, Penal,Común
EmisorTercer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Tercer Circuito

Hechos: Los quejosos reclamaron, vía amparo indirecto, la determinación de las autoridades penitenciarias de prohibir las visitas familiares y de abogados al interior del centro de reclusión, ante la epidemia por el virus SARS-CoV2 (COVID-19), que equipararon a una incomunicación; el Juez de Distrito concedió la suspensión de plano para que cese esa prohibición y se permitan las visitas, con la salvedad de que se pueda negar el acceso a personas no autorizadas o que presenten un riesgo o peligro de contagio; resolución contra la cual las autoridades responsables interpusieron recurso de queja.


Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito resuelve que contra la determinación de las autoridades penitenciarias de prohibir las visitas familiares y de abogados a los internos en un centro de reclusión, por la epidemia causada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19), es improcedente conceder la suspensión de plano, en atención a que la finalidad de la medida es proteger el derecho a la salud de la población penitenciaria.


Justificación: Lo que se explica, en virtud de que el Consejo de Salubridad General, como máxima autoridad del país en la materia, reconoció como epidemia al virus SARS-CoV2 (COVID-19), por lo que ordenó que se tomaran medidas de prevención y control de esa enfermedad, dentro de las que se encuentran la sana distancia, al ser el contacto físico entre personas su medio de propagación. Ante este panorama, la suspensión de visitas de...

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