Tesis num. I.8o.C.101 C (10a.) de Octavo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 26-11-2021 (Tesis Aislada)

Fecha de publicación26 Noviembre 2021
MateriaCivil
EmisorOctavo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito
Hechos

Las comerciantes, para efectos de la admisión de su concurso mercantil, solicitaron al J. del conocimiento dejar sin efectos cláusulas de un contrato celebrado con su principal acreedora que estipulaban la necesidad de su aprobación a través de la opinión de un consejero independiente para que se pudiera iniciar el procedimiento concursal.

Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que el J. puede suspender los efectos de cualquier estipulación contractual que con motivo de la presentación de la solicitud del concurso o de su declaración, establezca modificaciones que agraven la situación de las comerciantes o impidan iniciar el trámite del juicio concursal.

Justificación: Lo anterior, porque la aplicación del artículo 87 de la Ley de Concursos Mercantiles, que establece: "Se tendrá por no puesta, salvo las excepciones expresamente establecidas en esta ley, cualquier estipulación contractual que con motivo de la presentación de una solicitud o demanda de concurso mercantil, o de su declaración, establezca modificaciones que agraven para el comerciante los términos de los contratos.", no implica nulificar, modificar o extinguir los contratos o sus cláusulas estatutarias al amparo de las leyes a que se hayan sujetado las comerciantes y...

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