Tesis num. I.3o.C.444 C (10a.) de Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 28-05-2021 (Tesis Aisladas)

Fecha de publicación28 Mayo 2021
MateriaCivil
EmisorTercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito

Hechos: La actora demandó en la vía ordinaria civil el daño moral y la responsabilidad civil subjetiva, por la negligente atención médica que le fue proporcionada. En sentencia se determinó que el daño causado que provocó la mala técnica quirúrgica fue una incapacidad parcial permanente. La Sala responsable en el incidente de liquidación estableció que la cuantificación del pago de la indemnización por responsabilidad civil subjetiva correspondía a la incapacidad establecida en el numeral 401 de la Tabla de Valuación de Incapacidades Permanentes, a que se refiere el artículo 514 de la Ley Federal del Trabajo, equivalente del 20% al 30%, pero en el caso no podía ser menor del 30% y fijó el monto de la condena por daño moral; contra esa determinación el quejoso promovió amparo indirecto el cual le fue negado, resolución que constituye el acto reclamado en el recurso de revisión.


Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que cuando el daño causado provoque una incapacidad parcial permanente que corresponda al derecho lesionado (parámetro previsto en el artículo 1916 del Código Civil para el Distrito Federal, aplicable para la Ciudad de México), para fijar una indemnización justa por concepto de daño moral, ésta debe guardar simetría con la cuantificación efectuada por la responsabilidad civil subjetiva, porque constituye un factor adicional a considerar para fijar...

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