Tesis num. I.11o.T.35 L (10a.) de Décimo Primer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, 25-06-2021 (Tesis Aisladas)

Fecha de publicación25 Junio 2021
MateriaConstitucional, Laboral,Constitucional
EmisorDécimo Primer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito

El artículo 45 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado dispone que la suspensión temporal de los efectos del nombramiento de un trabajador no significa su cese y en su fracción II precisa que son causas de suspensión temporal, entre otras, la prisión preventiva del trabajador, seguida de sentencia absolutoria o el arresto impuesto por autoridad judicial o administrativa, a menos que, tratándose de arresto, el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje resuelva que debe tener lugar el cese del trabajador. Sin embargo, en la ley citada no se prevé un término específico para que el trabajador se reincorpore a sus labores una vez que haya obtenido sentencia absolutoria, o bien, que haya obtenido su libertad al concluir el arresto impuesto por la autoridad judicial o administrativa. Por su parte, el artículo 25, fracción II, de las condiciones generales de trabajo que rigen las relaciones laborales en la Secretaría de Salud, que son aplicables al organismo denominado "Servicios de Salud Pública de la Ciudad de México”, establece que en caso de que el trabajador obtenga una sentencia absolutoria, dispondrá de tres días hábiles...

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