Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Pleno, 1 de Junio de 2008 (Tesis num. P. XLV/2008 de Suprema Corte de Justicia, Pleno, 01-06-2008 (Tesis Aisladas))

Número de registro169457
Número de resoluciónP. XLV/2008
Fecha de publicación01 Junio 2008
Fecha01 Junio 2008
Localizador9a. Época; Pleno; S.J.F. y su Gaceta; XXVII, Junio de 2008; Pág. 712
EmisorPleno
MateriaConstitucional,Derecho Constitucional

De la interpretación del artículo 4o., sexto párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en relación con la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, reglamentaria de aquel precepto y con la Convención sobre los Derechos del Niño, se advierte que el principio del interés superior de la infancia junto con el derecho de prioridad, implican que las políticas, acciones y toma de decisiones del Estado relacionadas con los menores de 18 años deben buscar el beneficio directo del infante y del adolescente a quienes van dirigidas, y que las instituciones de bienestar social, públicas y privadas, los tribunales, las autoridades administrativas y los órganos legislativos, al actuar en sus respectivos ámbitos, otorguen prioridad a los temas relacionados con dichos menores. De ahí que para el análisis de la constitucionalidad de una regulación respecto de menores de 18 años, sea prioritario, en un ejercicio de ponderación, el reconocimiento de dichos principios.

Acción de inconstitucionalidad 11/2005. Procurador General de la República. 8 de noviembre de 2007. Mayoría de seis votos. Ausentes: G.D.G.P. y J.R.C.D.. Disidentes: M.B.L.R., J.F.F.G.S. y J. de J.G.P.. Ponente: S.A.V.H.. Secretaria: L.G.V..


El Tribunal Pleno, el doce de mayo en curso, aprobó, con el número XLV/2008, la tesis aislada que antecede. México, Distrito Federal, a doce de mayo de dos mil ocho.

118 sentencias

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