Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Pleno, 1 de Febrero de 2008 (Tesis num. P. IV/2008 de Suprema Corte de Justicia, Pleno, 01-02-2008 (Tesis Aisladas))

Número de registro170280
Número de resoluciónP. IV/2008
Fecha de publicación01 Febrero 2008
Fecha01 Febrero 2008
Localizador9a. Época; Pleno; S.J.F. y su Gaceta; XXVII, Febrero de 2008; Pág. 1343
EmisorPleno
MateriaConstitucional,Derecho Constitucional

La interpretación de una norma general analizada en acción de inconstitucionalidad, debe partir de la premisa de que cuenta con la presunción de constitucionalidad, lo que se traduce en que cuando una disposición legal admita más de una interpretación, debe privilegiarse la que sea conforme a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Entonces, cuando una norma legal admita distintas interpretaciones, algunas de las cuales podrían conducir a declarar su oposición con la Ley Suprema, siempre que sea posible, la Suprema Corte de Justicia de la Nación optará por acoger aquella que haga a la norma impugnada compatible con la Constitución, es decir, adoptará el método de interpretación conforme a ésta que conduce a la declaración de validez constitucional de la norma impugnada, y tiene como objetivo evitar, en abstracto, la inconstitucionalidad de una norma; sin embargo, no debe perderse de vista que la acción de inconstitucionalidad es un medio de control que tiene como una de sus finalidades preservar la unidad del orden jurídico nacional, a partir del parámetro constitucional; como tampoco debe soslayarse que tal unidad se preserva tanto con la declaración de invalidez de la disposición legal impugnada, como con el reconocimiento de validez constitucional de la norma legal impugnada, a partir de su interpretación conforme a la Ley Suprema, ya que aun cuando los resultados pueden ser diametralmente diferentes, en ambos casos prevalecen los contenidos de la Constitución. En consecuencia, el hecho de que tanto en el caso de declarar la invalidez de una norma legal, como en el de interpretarla conforme a la Constitución, con el propósito de reconocer su validez, tengan como finalidad salvaguardar la unidad del orden jurídico nacional a partir del respeto y observancia de las disposiciones de la Ley Suprema, este Tribunal Constitucional en todos los casos en que se cuestiona la constitucionalidad de una disposición legal, debe hacer un juicio razonable a partir de un ejercicio de ponderación para verificar el peso de los fundamentos que pudieran motivar la declaración de invalidez de una norma, por ser contraria u opuesta a un postulado constitucional, frente al peso derivado de que la disposición cuestionada es producto del ejercicio de las atribuciones del legislador y que puede ser objeto de una interpretación que la haga acorde con los contenidos de la Ley Suprema, debiendo prevalecer el que otorgue un mejor resultado para lograr la observancia del orden dispuesto por el Constituyente y el órgano reformador de la Norma Suprema.

Acción de inconstitucionalidad 27/2005. Procurador General de la República. 9 de julio de 2007. Mayoría de siete votos. Ausentes: M.B.L.R. y J.R.C.D.. Disidentes: G.D.G.P. y J. de J.G.P.. Ponente: J.N.S.M.. Secretaria: G.C.M..


El Tribunal Pleno, el catorce de enero en curso, aprobó, con el número IV/2008, la tesis aislada que antecede. México, Distrito Federal, a catorce de enero de dos mil ocho.

64 sentencias
5 artículos doctrinales
  • El principio de legalidad tributaria en la jurisprudencia mexicana
    • México
    • Revista del Instituto de la Judicatura Federal Núm. 39, Enero 2015
    • 1 Julio 2015
    ...con el mecanismo implementado.29 27Incluso, en este último supuesto no puede aplicarse la interpretación conforme, que describe la tesis P. IV/2008 –registro número 170280–, del Tribunal Pleno, de rubro: ‘INTERPRETACIÓN CONFORME EN ACCIONES DE INCONSTITUCIONALIDAD, CUANDO UNA NORMA ADMITA V......
  • ¿Produciría efectos generales el amparo #YoContribuyente?
    • México
    • Revista el Mundo del Abogado Núm. 173, Septiembre 2013
    • 1 Septiembre 2013
    ...justicia constitucional y su internacionalizarían, tomo I, Instituto de Investigaciones Jurídicas, UNAM, México, 2010, p. 601. [24] Tesis P. IV/2008, intitulada "interpretación conforme en ACCIONES DE TNCONSTITÜCIONALIDAD, CUANDO UNA NORMA ADMITA VARIAS INTERPRETACIONES DEBE PREFERIRSE LA C......
  • Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos. VII-J-SS-27
    • México
    • Revista del Tribunal Federal de Justicia Administrativa Núm. II-7 (Séptima Época), Febrero 2012
    • 1 Febrero 2012
    ...en el propio artículo 35 de la Ley de Petróleos Mexicanos, que arriba a la misma conclusión alcanzada con antelación. Es aplicable la tesis P. IV/2008 emitida por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, publicada en el Semanario Judicial de la Fede- 177 REVISTA DEL TRIBUNAL F......
  • Control difuso de constitucionalidad y convencionalidad en materia tributaria
    • México
    • Revista el Mundo del Abogado Núm. 156, Abril 2012
    • 1 Abril 2012
    ...pp. 47-48. Cf. Riccardo Guastini, Distinguiendo. Estudios de teoría y metateoría del Derecho, Gedisa, Barcelona, 1999, pp. 231-233. 12Tesis P. IV/2008, rubro: interpretación conforme en acciones de inconstitucionalidad, cuando una norma admita varias interpretaciones debe preferirse la comp......
  • Solicita tu prueba para ver los resultados completos

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR