Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Pleno (Tesis num. 1 (H) de Suprema Corte de Justicia, Pleno (Tesis Aisladas))

Número de registro918669
MateriaPenal
EmisorPleno

La ley que reglamenta la portación de armas de fuego expedida el veinticinco de enero de mil novecientos cuarenta y tres, fue dictada por el Ejecutivo Federal con carácter de ley de emergencia, habiendo quedado derogada, por consiguiente, por el artículo 2o., del decreto que levantó la suspensión de garantías, fechado el veinticinco de septiembre de mil novecientos cuarenta y cinco, y que se publicó en el Diario Oficial del día primero de octubre siguiente, y por tanto, tal delito, que puede estar comprendido en los Códigos Penales locales, tiene que ser considerado en la actualidad como delito del orden común, y no de carácter federal.

Competencia 30/46.-Suscitada entre los Jueces de Primera Instancia de Río Verde, San Luis Potosí y de Distrito del Estado de San Luis Potosí.-29 de octubre de 1946.-Mayoría de catorce votos.-Disidentes: F.C., T.O. y Leyva, C.L.Á., L.G.C. y S. Urbina.-La publicación no menciona el nombre del ponente.


Semanario Judicial de la Federación, Quinta Época, Tomo XC, página 1242, Pleno.

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