Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Pleno (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Pleno (Tesis Aisladas))

Número de registro804397
MateriaLaboral,Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Procesal
EmisorPleno

Si un trabajador prestó servicios a una empresa en diversos lugares el caso queda comprendido en la fracción II del artículo 429 de la Ley Federal del Trabajo, que señala como Junta competente la del domicilio del demandado, cuando son varios los lugares designados para la ejecución del trabajo; o si temporalmente se ocupa al trabajador en lugar distinto de su domicilio, debe conocer del asunto la Junta del domicilio de la demandada.

Competencia laboral 20/62. Suscitada entre la Junta Central de Conciliación y Arbitraje del Distrito Federal, Grupo Especial Número Tres y la Junta Central de Conciliación y Arbitraje del Estado de México, Grupo Especial Número Uno. 22 de septiembre de 1964. Unanimidad de dieciséis votos. Ponente: M.Y.R..


Sexta Epoca, Primera Parte:


Volumen LXII, página 40. Competencia 93/60. Suscitada entre la Junta Central de Conciliación y Arbitraje del Distrito Federal y la Junta Central de Conciliación y Arbitraje del Estado de Nuevo León. 28 de agosto de 1962. Mayoría de dieciséis votos. Disidente: M.C.S. de T.. Ponente: A.P..


Volumen XXX, página 122. Competencia 125/58. Suscitada entre la Junta Central de Conciliación y Arbitraje del Estado de Guanajuato y la Junta Central de Conciliación y Arbitraje del Distrito Federal, Grupo Especial Número Tres. 8 de diciembre de 1959. Unanimidad de quince votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.


Volumen III, página 9. Competencia 113/56. Suscitada entre la Junta Central de Conciliación y Arbitraje del Distrito Federal y la Junta Central de Conciliación y Arbitraje del Estado de Jalisco. 3 de septiembre de 1957. Unanimidad de diecisiete votos. Ponente: A.P..

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