Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Pleno, 1 de Junio de 1988 (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Pleno, 01-06-1988 (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación01 Junio 1988
Fecha01 Junio 1988
Número de registro206029
Localizador8a. Época; Pleno; S.J.F.; I, Primera Parte-1, Enero a Junio de 1988; Pág. 14
MateriaAdministrativa
EmisorPleno

Conforme al párrafo VI del artículo 27 constitucional, las aguas del subsuelo son inalienables e imprescriptibles, sólo que al ser un recurso natural, su uso o aprovechamiento por los particulares o por sociedades mexicanas constituidas conforme a las leyes mexicanas, se puede llevar a cabo mediante concesión otorgada por el Ejecutivo Federal de acuerdo con las reglas y condiciones que establezcan las leyes.

Amparo en revisión 7257/86. P., S.A. 7 de junio de 1988. Mayoría de diecisiete votos de los señores ministros: L.C., Cuevas Mantecón, Alba Leyva, A.G., D.I., F.D., P.V., A.G. de I., R.R., M.D., G. de V., G.M., V.L., M.F., S.T., D.R. y presidente del R.R., contra los votos de los ministros de S.N. y S.O.. Ponente: M.A.G.. Secretaria: C.M.A..

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