Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Pleno (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Pleno (Tesis Aisladas))

Número de registro232036
MateriaAdministrativa,Derecho Público y Administrativo
EmisorPleno

El párrafo cuarto del artículo 9o. transitorio de la Ley de Hacienda del Departamento del Distrito Federal de 31 de diciembre de 1982, en cuanto establece que a partir del 1o. de enero de 1983 los pagos que se hagan por concepto de impuesto predial se harán con base en las boletas que se giren y que correspondan al impuesto predial por el año 1982, y que tendrán el carácter de pagos provisionales, sólo se relaciona con la determinación que, referida al 1o. de enero de 1983, fecha de iniciación de vigencia de la ley, se haga del impuesto que, conforme a la tarifa prevista en el artículo 14 del propio ordenamiento, deba cubrirse, pero de ninguna manera a la actualización que con posterioridad se haga del valor catastral, pues en cuanto a esta hipótesis el artículo 20 de la propia ley, establece con claridad que las modificaciones del impuesto predial, con motivo de cambio de valor "entrarán en vigor a partir del bimestre siguiente".

Amparo en revisión 8023/83. I.J.P.. 28 de abril de 1987. Unanimidad de diecisiete votos. Ponente: M.A.G.. Secretario: C.M.A..


Séptima Epoca, Primera Parte:


Volúmenes 205-216, página 85. Amparo en revisión 7836/83. Financiera de Industria y Comercio, S.A. y otros. 11 de marzo de 1986. Mayoría de trece votos. Disidentes: C. de S.N., M.G. de V., A.G.M., F.M.F. y J.O.T.. Ponente: M.A.G..


Notas:


En el Informe de 1986, la tesis aparece bajo el rubro: "IMPUESTO PREDIAL. ARTICULO NOVENO TRANSITORIO, PARRAFO CUARTO, DE LA LEY DE HACIENDA DEL DEPARTAMENTO DISTRITO FEDERAL (VIGENTE A PARTIR DEL PRIMERO DE ENERO DE 1983). NO PUEDE REFERIRSE A LA ACTUALIZACION DEL VALOR CATASTRAL.".


En el Informe de 1987, la tesis aparece bajo el rubro: "PREDIAL, EL CUARTO PARRAFO DEL ARTICULO NOVENO TRANSITORIO DE LA LEY DE HACIENDA DEL DISTRITO FEDERAL (DIARIO OFICIAL DE 31 DE DICIEMBRE DE 1982) NO PUEDE REFERIRSE A LA ACTUALIZACION DEL VALOR CATASTRAL).".

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