Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Pleno (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Pleno (Tesis Aisladas))

Número de registro278340
MateriaAdministrativa,Derecho Penal,Derecho Público y Administrativo
EmisorPleno

El delito de invasión de tierras que prevé y sanciona la fracción III del artículo 353 del Código Agrario es, en realidad, un delito de despojo de inmuebles, pero que se considera como específicamente distinto, cuando se ejecuta tal invasión por campesinos o ejidatarios, mediante la inducción a ejecutarla, o por medio de la tolerancia de parte de los miembros de los comités ejecutivos agrarios o de los comisariados ejidales, y solamente en caso de que dichos ejidatarios individualmente, o aun en grupos, hubieran ejecutado el acto de invasión, se podría decir que sólo existiría un delito de despojo de inmueble, previsto y sancionado por la Ley punitiva local.

Competencia 83/50. Suscitada entre los Jueces de Primera Instancia de Tula, H., y de Distrito en el Estado de H.. 24 de julio de 1951. Mayoría de trece votos. Disidente: S.U.. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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