Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Pleno (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Pleno (Tesis Aisladas))

Número de registro294278
EmisorPleno
MateriaPenal

Si no se ha comprobado, que se trate del delito de invasión de tierras a que se refiere la fracción III del artículo 353 del Código Agrario, y que consiste en que los miembros de los comités ejecutivos agrarios o de los comisariados ejidales, invadan tierras o induzcan a los ejidatarios o campesinos a que se posesionen de ellas o toleren actos de esa naturaleza ejecutados fuera de los preceptos del Código Agrario, el hecho delictuoso en cuestión, puede constituir un despojo entre particulares, que por tener el carácter de delito del orden común, la competencia para conocer del mismo corresponde a la autoridad judicial de ese fuero.

Competencia 21/54. Suscitada entre el Juez de Distrito en el Estado de N. y el Juez de Primera Instancia de Tecuala, N.. 13 de septiembre de 1955. Unanimidad de dieciocho votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.



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