Tesis, Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Décimo Séptimo Circuito, 16 de Abril de 2021 (Tesis num. XVII.1o.P.A.101 P (10a.) de Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal Y Administrativa del Décimo Séptimo Circuito, 16-04-2021 (Tesis Aisladas))
Número de registro | 2022979 |
Número de resolución | XVII.1o.P.A.101 P (10a.) |
Fecha de publicación | 16 Abril 2021 |
Fecha | 16 Abril 2021 |
Materia | Penal,Derecho Penal |
Localizador | 10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación |
Hechos: Al resolver el recurso de apelación contra la sentencia absolutoria, la Sala determinó reasumir jurisdicción, anularla y reemplazarla por una condenatoria, pronunciándose sobre la acreditación del hecho ilícito y la responsabilidad penal; sin embargo, señaló que en atención a la naturaleza del tribunal de alzada, no podía llevar a cabo la audiencia de individualización de sanciones y reparación del daño, en virtud de que al haberse dictado sentencia absolutoria en la primera instancia, aquélla no se celebró; por ende, no se determinó el grado de culpabilidad del acusado ni se debatió lo concerniente a la pena pecuniaria y, por ello, no se impuso pena alguna; en consecuencia, ordenó al Juez oral del Tribunal de Enjuiciamiento que la celebrara y resolviera lo conducente. Inconforme con esta determinación, el sentenciado promovió juicio de amparo directo.
Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que si al resolver el recurso de apelación en el sistema penal acusatorio, la Sala reasumió jurisdicción, anuló la sentencia absolutoria impugnada y la reemplazó por una condenatoria, no sólo debe pronunciarse sobre la acreditación del hecho ilícito y la responsabilidad penal, sino también respecto de la individualización de las sanciones y la reparación del daño.
Justificación: Lo anterior, porque no es práctico ni jurídico que la Sala emita de manera incompleta la sentencia condenatoria y ordene al Juez que continúe con la individualización de las sanciones, ya que ello da margen a que en el proceso penal instruido contra el sentenciado existan dos sentencias que rijan su situación jurídica, lo que evidentemente infringe los principios de continencia de la causa y de unidad que debe guardar toda sentencia, pues podrían crearse situaciones confusas, incluso, que ambas sentencias resultaran contradictorias. Además, del análisis sistemático de los preceptos que regulan el recurso de apelación, se advierte que cuando la Sala reasume jurisdicción, anula la sentencia y dicta una diversa de reemplazo, debe hacerlo de forma completa, es decir, no pronunciarse únicamente sobre el delito y la responsabilidad penal, porque al...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba-
Sentencia N° 50-2022--J.O de la Sala 2, del Tribunal Supremo de Justicia de Jalisco, 2022
...con las tesis siguientes: Registro digital: 2022979 Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito Décima Época Materias(s): Penal Tesis: XVII.1o.P.A.101 P (10a.) Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación. Libro 85, Abril de 2021, Tomo III, página 2338 Tipo: RECURSO DE APELACIÓN ......
-
Sentencia N° 165-2021 de la Sala 11, del Tribunal Supremo de Justicia de Jalisco, 2021
...certeza jurídica, no sólo del aquí quejoso, sino del resto de las partes. Sirve de apoyo a lo anterior por mayoría de razón, la tesis XVII.1o.P.A.101 P (10a.), bajo el número de registro digital: 2022979, emitida por el Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Décimo......