Tesis, Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 15 de Enero de 2021 (Tesis num. I.4o.A.208 A (10a.) de Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 15-01-2021 (Tesis Aisladas))
Número de registro | 2022631 |
Número de resolución | I.4o.A.208 A (10a.) |
Fecha de publicación | 15 Enero 2021 |
Fecha | 15 Enero 2021 |
Materia | Administrativa,Derecho Fiscal,Derecho Público y Administrativo |
Localizador | [TA]; 10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación |
Hechos: El actor en el juicio contencioso administrativo federal demandó la nulidad del oficio en el que se le notifica la negativa de la institución de seguridad social a decretar el estado de invalidez solicitado, así como la decisión que determina improcedente la designación de la terna de médicos propuesta. En el trámite del juicio ofreció y se rindió el dictamen en materia de medicina del trabajo, a efecto de demostrar el estado de invalidez; no obstante, en la sentencia reclamada la Sala del conocimiento no concedió valor probatorio al dictamen, al estimar que el perito no se limitó a la materia de la medicina, sino que las conclusiones planteadas se refieren a cuestiones de derecho que competen al juzgador, por lo que reconoció la validez de las resoluciones impugnadas.
Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que los dictámenes periciales rendidos en el juicio contencioso administrativo federal no deben desestimarse por exceder su materia en los términos descritos.
Justificación: El derecho y la ciencia, aun cuando tienen origen, fundamentos y alcances diversos, son dos de las fuentes de autoridad más importantes para que los gobiernos modernos cumplan sus cometidos. Los productos de ambas ramas del conocimiento se presumen imparciales, ajenos a intereses particulares y válidos, sin importar el contexto inmediato de su generación; de ahí que frecuentemente orienten las políticas públicas y sirvan de fundamento para evaluar la racionalidad de las decisiones políticas. Esto significa que cada día las leyes se apoyan en conocimientos especializados y pertinentes a disciplinas científicas, tecnológicas o artísticas, preferentemente, respecto de ciertos hechos o prácticas, también especiales, cuya percepción o entendimiento escapa a las aptitudes del común de la gente y requiere una particular capacidad para su adecuada percepción y la correcta verificación de sus relaciones con otros hechos, de sus causas y efectos o, simplemente, para su cabal apreciación e interpretación. En este contexto, los tribunales, cada vez con mayor frecuencia, requieren allegarse de evidencia científica para la...
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