Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Sexto Circuito, 9 de Octubre de 2020 (Tesis num. VI.2o.P.63 P (10a.) de Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Sexto Circuito, 09-10-2020 (Tesis Aisladas))

Número de registro2022227
Número de resoluciónVI.2o.P.63 P (10a.)
Fecha de publicación09 Octubre 2020
Fecha09 Octubre 2020
MateriaPenal,Derecho Penal
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; VI.2o.P.63 P (10a.)

Partiendo de la premisa de que el sistema penal acusatorio se rige por etapas conclusivas y secuenciales (investigación –en sus fases inicial y complementaria–, intermedia y juicio), puede afirmarse que el concepto de prueba transcurre durante el proceso y se verifica en función del objetivo concreto de cada audiencia, acorde con la desformalización concretada por el Código Nacional de Procedimientos Penales en la distinción entre dato de prueba, medio de prueba y prueba; de ahí que la propia legislación adjetiva establece cuáles pruebas, de manera excepcional, pueden llegar a desahogarse en etapas previas al juicio (por ejemplo, en audiencia inicial o su continuación, en revisión de medidas cautelares, o la prueba anticipada, ésta bajo su propia reglamentación). Por su parte, el sobreseimiento, entendido a la luz del sistema penal acusatorio como la resolución judicial por virtud de la cual se decide la terminación –total o parcial– del proceso, por ciertas causas legales que impiden su continuidad y su posterior apertura respecto de los mismos hechos, generando el cese de las medidas cautelares y la autoridad de cosa juzgada, se encuentra armonizado para que, sea cual fuere la causal propuesta (por las partes o advertida por el juzgador) deberá ser sujeta al ejercicio de contradicción, tan es así, que el órgano jurisdiccional, para resolver su procedencia o desechamiento, debe analizar mesuradamente las alegaciones de las partes, a fin de que no exista duda razonable sobre su actualización, pues en caso contrario –sin certeza o con base en probabilidades–, atendiendo a sus efectos, generaría un desequilibrio procesal ante la ventaja indebida de una de las partes. Ahora bien, lo anterior no implica...

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