Tesis Aislada, Tribunal Colegiado del Trigésimo Primer Circuito, 28 de Agosto de 2020 (Tesis num. XXXI.12 L (10a.) de Tribunal Colegiado del Trigésimo Primer Circuito, 28-08-2020 (Tesis Aisladas))

Número de registro2022051
Número de resoluciónXXXI.12 L (10a.)
Fecha de publicación28 Agosto 2020
Fecha28 Agosto 2020
MateriaLaboral,Derecho Laboral y Seguridad Social
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; XXXI.12 L (10a.)

El embarazo de la trabajadora, al momento de la renuncia, se acredita con la aceptación tácita de la patronal, si ante la afirmación de la actora de que estaba embarazada al momento de la firma de la renuncia y de que fue obligada o coaccionada para esa firma para no cubrir sus derechos de maternidad, la patronal demandada únicamente afirma que su renuncia fue voluntaria, pues la actora no dijo que hubiera sido obligada o coaccionada para firmar la renuncia, por lo que es falso que hubiera sido despedida por estar embarazada. Por tanto, si la demandada en su escrito de contestación, y en la audiencia del juicio en su etapa de demanda y excepciones, no controvierte el estado de embarazo al momento de renunciar la actora, sino que en ese punto se condujo con silencio y evasivas, se trata de un hecho admitido por falta de controversia, sin que admita prueba en contrario, en términos del artículo 878...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR