Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Décimo Sexto Circuito, 7 de Agosto de 2020 (Tesis num. XVI.1o.A.200 A (10a.) de Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Décimo Sexto Circuito, 07-08-2020 (Tesis Aisladas))

Número de registro2021863
Número de resoluciónXVI.1o.A.200 A (10a.)
Fecha de publicación07 Agosto 2020
Fecha07 Agosto 2020
MateriaAdministrativa,Derecho Público y Administrativo
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; XVI.1o.A.200 A (10a.)

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, al resolver la contradicción de tesis 247/2009 instituyó, entre otras cosas, que la transmisión de los derechos sucesorios agrarios –sea testamentaria o intestamentaria– es válida hasta que se formalice su adjudicación, ya sea a través de la sentencia dictada en un juicio contencioso o mediante el procedimiento de jurisdicción voluntaria ante la autoridad agraria registral, con lo cual reiteró el criterio atinente a que, en materia agraria, contrario a lo que sucede en materia común, la muerte del autor de la sucesión no implica la transmisión de derechos ejidales de pleno derecho al sucesor designado en la lista que obra en el Registro Agrario Nacional o la que se formalizó ante fedatario público, sino que es necesario llevar a cabo su consolidación, lo cual obliga al interesado a instar lo conducente. Sobre esas premisas, se deduce que al resolver una controversia sucesoria, el tribunal agrario debe limitarse a determinar a quién de los litigantes le asiste mejor derecho a suceder al ejidatario fallecido, o bien, si todos los contendientes tienen ese derecho, atendiendo a la prelación instituida en el artículo 18 de la Ley Agraria, pero no le está permitido hacer un pronunciamiento en el que, de oficio, reconozca el mejor derecho a suceder en favor de un tercero extraño al proceso, atento al mencionado principio de consolidación. En todo caso, si con base en los medios de prueba ofrecidos vislumbra que el mejor derecho a suceder puede recaer en una persona que no es parte en el proceso, podrá prevenir a las partes para que...

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