Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Séptimo Circuito, 28 de Febrero de 2020 (Tesis num. VII.2o.T.264 L (10a.) de Segundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Séptimo Circuito, 28-02-2020 (Tesis Aisladas))

Número de registro2021691
Número de resoluciónVII.2o.T.264 L (10a.)
Fecha de publicación28 Febrero 2020
Fecha28 Febrero 2020
MateriaLaboral
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; VII.2o.T.264 L (10a.)

El artículo 705 de la Ley Federal del Trabajo establece: "Las competencias se decidirán: I. Por el presidente de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, cuando se trate de las Juntas Especiales de la misma, entre sí; II. Por el presidente de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje, cuando se trate de Juntas Especiales de la misma entidad federativa; y III. Por las instancias correspondientes del Poder Judicial de la Federación, cuando se suscite entre: a) Juntas Locales o Federales de Conciliación y Arbitraje y el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje. b) Juntas Locales y Juntas Federales de Conciliación y Arbitraje. c) Juntas Locales de Conciliación y Arbitraje de diversas entidades federativas. d) Juntas Locales o Federal de Conciliación y Arbitraje y otro órgano jurisdiccional.". De ahí que, tratándose de conflictos competenciales entre Juntas Especiales Federales de Conciliación y Arbitraje, es clara la regla (fracción I) en cuanto a que es el presidente de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje con sede en la Ciudad de México, el competente para dirimirlos, en tanto que respecto de autoridades jurisdiccionales de distinto fuero, materia o entidad federativa, los asuntos se resuelven por los órganos del Poder Judicial de la Federación, en específico, por los Tribunales Colegiados de Circuito, en competencia delegada, con apoyo en el Acuerdo General Número 5/2013, de trece de mayo de dos mil trece del Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, relativo a la determinación de los asuntos que el Pleno conservará para su resolución, y el...

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