Tesis Aislada, Tribunales Colegiados de Circuito, 13 de Diciembre de 2019 (Tesis num. III.7o.A.37 A (10a.) de Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Tercer Circuito, 13-12-2019 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónIII.7o.A.37 A (10a.)
Fecha de publicación13 Diciembre 2019
Fecha13 Diciembre 2019
Número de registro2021305
MateriaComún
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; III.7o.A.37 A (10a.)

Del análisis sistemático de los diferentes preceptos que integran el capítulo XI del título primero de la Ley de Amparo, denominado: "Medios de impugnación", se advierte que, por regla general, no procede el reenvío en los recursos previstos en dicha legislación. Por ello, tratándose del recurso de queja interpuesto contra la interlocutoria que resuelve el incidente de liquidación de una sentencia que concedió la protección constitucional a un elemento policiaco por haber sido separado injustificadamente de su cargo, el Tribunal Colegiado de Circuito debe reasumir jurisdicción para calcular el monto de las prestaciones que el órgano de origen no consideró en su fallo o que fueron erróneamente determinadas, a menos de que no cuente con las constancias necesarias para emitir un pronunciamiento de fondo sobre dichos aspectos, o bien, que no pueda hacerlo con simples operaciones aritméticas, pues debe privilegiarse la emisión de una resolución que dirima de una vez las cuestiones debatidas, en aras de salvaguardar el principio de expeditez en la administración de justicia, previsto...

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