Tesis Aislada, Décimo Quinto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 22 de Noviembre de 2019 (Tesis num. I.15o.C.51 C (10a.) de Décimo Quinto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 22-11-2019 (Tesis Aisladas))
Número de resolución | I.15o.C.51 C (10a.) |
Fecha de publicación | 22 Noviembre 2019 |
Fecha | 22 Noviembre 2019 |
Número de registro | 2021081 |
Materia | Civil,Derecho Civil |
Localizador | 10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; I.15o.C.51 C (10a.) |
Las acciones de cambio filiatorio promovidas en nombre de un menor de edad (acción de desconocimiento de paternidad, de contradicción de reconocimiento y de reconocimiento de paternidad) se rigen por diversos principios, como el de verdad biológica y el de protección del interés del hijo, los cuales podrían entrar en conflicto en el caso concreto, supuesto en el que será necesario desarrollar un ejercicio de ponderación para articular el resultado de su aplicación conjunta, atendiendo a las particularidades del caso y a lo que mejor convenga al menor. En ese contexto, el juzgador no debe desechar de plano las demandas en que se ejerzan estas acciones por motivos vinculados al fondo de la controversia, como la falta aparente de legitimación, la ausencia de vicios del consentimiento en el reconocimiento impugnado o la caducidad para ejercerlas, pues su verificación precisa de un análisis exhaustivo y concienzudo sobre las circunstancias específicas del caso, un ejercicio...
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