Tesis Aislada, Tribunales Colegiados de Circuito, 8 de Noviembre de 2019 (Tesis num. I.3o.C.372 C (10a.) de Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 08-11-2019 (Tesis Aisladas))
Número de registro | 2020964 |
Número de resolución | I.3o.C.372 C (10a.) |
Fecha de publicación | 08 Noviembre 2019 |
Fecha | 08 Noviembre 2019 |
Materia | Civil,Derecho Civil |
Localizador | 10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; I.3o.C.372 C (10a.) |
En dicha tesis de rubro: "EDICTOS. ELEMENTOS QUE DEBEN CONTENER PARA QUE TAL ANUNCIO SEA EFICAZ EN LA ETAPA DE REMATE.", se establecía que para que fuera eficaz el anunció de los edictos en la etapa de remate, debían contener la mención de que el inmueble a rematar era una casa o un departamento, aspecto por el que este Tribunal Colegiado de Circuito considera necesario modificar ese criterio de interpretación, debido a que carece de eficacia práctica para la ejecución de la sentencia condenatoria que constituye cosa juzgada. Ello, porque dicha exigencia u otra similar como: la distribución y los acabados, no es un requisito legal previsto en el artículo 570 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal, aplicable para la Ciudad de México, vigente hasta el 14 de julio de 2014, sobre todo, si se toma en cuenta que el diverso artículo 128 establece que en los edictos deben evitarse las transcripciones literales y señalar únicamente los puntos sustanciales. Por lo que, de exigirse aquellas precisiones, ello se traduciría en un requisito exacerbado que impedirá la pronta ejecución de la sentencia porque, de omitirse la descripción de alguna de sus características, provocaría la reposición del procedimiento de ejecución, en franco detrimento a la pronta administración de justicia eficaz; a pesar de que se trate de un dato no indispensable para convocar a los posibles compradores. Además debe tomarse en cuenta que, generalmente, en el mercado de los remates judiciales, los postores son personas conocedoras del ámbito inmobiliario y del procedimiento de remate. De ahí que basta que en los edictos se mencionen las dimensiones del bien raíz, su ubicación y el precio para tener por legalmente anunciada su venta, ya que esas características se...
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