Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Décimo Primer Circuito, 18 de Octubre de 2019 (Tesis num. XI.2o.C.10 C (10a.) de Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Décimo Primer Circuito, 18-10-2019 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónXI.2o.C.10 C (10a.)
Fecha de publicación18 Octubre 2019
Fecha18 Octubre 2019
Número de registro2020823
MateriaConstitucional, Civil,Derecho Civil,Derecho Constitucional
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; XI.2o.C.10 C (10a.)

Aun cuando en el Código de Procedimientos Civiles para el Estado no existe disposición expresa en ese sentido, pues su artículo 682, segundo párrafo, sólo establece que en los procedimientos relacionados con derechos de incapaces, se suplirá la deficiencia de la queja, sin que reglamente la condición especial de los adultos mayores en grado de vulnerabilidad. No obstante, la consideración especial hacia los derechos de ese grupo se encuentra contenida en diversos instrumentos internacionales; entre ellos, en los artículos 25, numeral 1, de la Declaración Universal de Derechos Humanos; así como el artículo 17 del Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en Materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales "Protocolo de San Salvador". En el ámbito interno, el artículo 5o. de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores establece un listado no limitativo de los derechos que adquieren relevancia, entre los que destaca: el de recibir un trato digno y apropiado en cualquier procedimiento judicial que los involucre, ya sea en calidad de agraviados, indiciados o sentenciados; además, en la fracción II, apartados c y d, del propio numeral, en los procedimientos administrativos y judiciales en que sean parte sujetos de esa naturaleza, tienen preferencia en la protección de su patrimonio personal y familiar. Por ende, el tribunal de alzada debe suplir la deficiencia de la queja cuando esté de por medio un adulto mayor en grado de vulnerabilidad, por lo que el estudio de los agravios y, por tanto, de las pruebas, debe hacerse desde un posicionamiento de amplitud considerativa e...

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