Tesis Aislada, Tercer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Segundo Circuito, 27 de Septiembre de 2019 (Tesis num. II.3o.P.16 K (10a.) de Tercer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Segundo Circuito, 27-09-2019 (Tesis Aisladas))
Número de resolución | II.3o.P.16 K (10a.) |
Fecha de publicación | 27 Septiembre 2019 |
Fecha | 27 Septiembre 2019 |
Número de registro | 2020662 |
Materia | Común |
Localizador | 10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; II.3o.P.16 K (10a.) |
En términos de la fracción XI del artículo 61 de la Ley de Amparo, la acción constitucional es improcedente contra actos que hayan sido materia de una ejecutoria en otro juicio de amparo, promovido por el mismo quejoso, contra las mismas autoridades y por el propio acto reclamado, aunque las violaciones constitucionales sean diversas. Y, respecto al tema, en la tesis aislada 1a. CCLXXVIII/2012 (10a.), de rubro: "COSA JUZGADA EN EL JUICIO DE AMPARO. CASO EN EL QUE UNA SENTENCIA DE SOBRESEIMIENTO ACTUALIZA EXCEPCIONALMENTE ESTA CAUSAL DE IMPROCEDENCIA, CONFORME AL ARTÍCULO 73, FRACCIÓN IV, DE LA LEY DE LA MATERIA.", la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación estableció que, por regla general, la improcedencia del juicio de amparo por cosa juzgada se actualiza cuando en la sentencia se haya resuelto sobre la constitucionalidad o inconstitucionalidad del acto reclamado y, por excepción, cuando se ha determinado su inatacabilidad a través de un diverso juicio constitucional, siempre que tal determinación se haya realizado en atención a razones o circunstancias que hagan improcedente la acción constitucional de modo absoluto, con independencia del juicio en que se haya efectuado. Por ende, si en un anterior juicio de amparo se desechó de plano la demanda en términos de la fracción XX del artículo 61 de la Ley de Amparo, pues se determinó que respecto de los actos reclamados, previamente a instar la acción constitucional, debió agotarse el principio de definitividad, entonces es viable establecer que, por excepción, opera la improcedencia del nuevo juicio de amparo por cosa juzgada, ya...
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