Tesis Aislada, Décimo Quinto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 9 de Agosto de 2019 (Tesis num. I.15o.C.40 C (10a.) de Décimo Quinto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 09-08-2019 (Tesis Aisladas))

Número de registro2020352
Número de resoluciónI.15o.C.40 C (10a.)
Fecha de publicación09 Agosto 2019
Fecha09 Agosto 2019
MateriaCivil
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; I.15o.C.40 C (10a.)

En la objeción de pago de cheque prevista en el artículo citado, sustentada en la hipótesis relativa a la falsificación notoria de la firma del librador, éste no puede hacerlo sobre la base de que la firma en el cheque no corresponda a su autoría; por ende, no puede ofrecer prueba pericial para acreditar la notoria alteración de aquélla. En ese contexto, la actora tiene la carga de demostrar la relación contractual, la existencia de los cheques cuyo pago por parte del librado objetó y que la firma que consta en ellos es notoriamente distinta a la que tiene registrada el librado en la tarjeta de muestras respectiva. Por su parte, el librado en su carácter de demandado puede oponer que hay similitud y el pago es acorde a un actuar diligente, pero también puede oponer la falta de derecho del actor para objetar el pago de cheque, sobre la base de que la firma en éste en realidad sí proviene del puño y letra del librador y que la notoria...

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