Tesis Aislada, Décimo Cuarto Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, 12 de Abril de 2019 (Tesis num. I.14o.T.5 K (10a.) de Décimo Cuarto Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, 12-04-2019 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónI.14o.T.5 K (10a.)
Fecha de publicación12 Abril 2019
Fecha12 Abril 2019
Número de registro2019665
MateriaComún,Derecho Civil,Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Penal,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; I.14o.T.5 K (10a.)

El auto que requiere a una de las partes para ratificar la firma de su escrito de demanda, apercibiéndola de que en caso de no hacerlo se tendrá por no presentada, es un acto autónomo y distinto a aquel en el que, ante la falta de ratificación, se hace efectivo el apercibimiento y se determina no dar trámite al asunto y ordenar su archivo, en virtud de que el hecho de no admitir la demanda y ordenar el archivo del asunto, no deriva propiamente del acuerdo en el que se apercibió al promovente, sino de la omisión de éste de ratificar la firma en el término concedido; razón por la cual, el que no se impugne el auto por el cual la responsable apercibió a la promovente, no conduce a sostener que el proveído que hizo efectivo dicho apercibimiento, es un acto derivado de otro consentido y que, por tanto, el juicio de amparo promovido en su contra...

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