Tesis Aislada, Décimo Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 29 de Marzo de 2019 (Tesis num. I.13o.A.12 A (10a.) de Décimo Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 29-03-2019 (Tesis Aisladas))

Número de registro2019599
Número de resoluciónI.13o.A.12 A (10a.)
Fecha de publicación29 Marzo 2019
Fecha29 Marzo 2019
MateriaAdministrativa,Derecho Constitucional,Derecho Procesal
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; I.13o.A.12 A (10a.)

De conformidad con el artículo 41 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, el Magistrado instructor, hasta antes de que se cierre la instrucción, debe proveer la preparación y desahogo de la prueba pericial médica que resulte necesaria para determinar cuestiones de carácter técnico, como lo es la calificación de un riesgo de trabajo y/o del grado de incapacidad, sin que obste el que el actor no haya presentado a su perito, pues la Sala del conocimiento no puede dejar de resolver la materia de la litis sometida a su jurisdicción, atento a los derechos humanos de acceso a la justicia y a un recurso judicial efectivo, tutelados por los artículos 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 25 de la Convención Americana...

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