Tesis Aislada, Noveno Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito, 15 de Febrero de 2019 (Tesis num. I.9o.P.232 P (10a.) de Noveno Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito, 15-02-2019 (Tesis Aisladas))

Número de registro2019334
Número de resoluciónI.9o.P.232 P (10a.)
Fecha de publicación15 Febrero 2019
Fecha15 Febrero 2019
MateriaPenal,Derecho Penal
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; I.9o.P.232 P (10a.)

El capítulo IV BIS del Código de Justicia Militar, contempla las distintas hipótesis del delito de traición a las fuerzas armadas mexicanas. La primera de ellas, se concreta en el numeral 275 Bis del mismo ordenamiento, cuando un militar se incorpora a la delincuencia organizada. El análisis exegético de dicho tipo penal, determina que los elementos para su integración son: 1) un sujeto activo que tenga la calidad de militar; y 2) que éste se incorpore a la delincuencia organizada. Este segundo elemento típico implica que para tener por demostrado el delito castrense, debe acreditarse primero el diverso de delincuencia organizada, en términos de las reglas especiales contenidas en la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, es decir, haberse probado la existencia de tres o más personas que se organicen de hecho para realizar, en forma permanente o reiterada, conductas que por sí o unidas a otras, tienen como fin o resultado cometer algún o algunos de los delitos contemplados en el numeral 2o. de esta ley...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR