Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y de Trabajo del Décimo Primer Circuito, 11 de Enero de 2019 (Tesis num. XI.1o.A.T.44 L (10a.) de Primer Tribunal Colegiado en Materias Administrativa Y de Trabajo del Décimo Primer Circuito, 11-01-2019 (Tesis Aisladas))
Número de registro | 2018945 |
Número de resolución | XI.1o.A.T.44 L (10a.) |
Fecha de publicación | 11 Enero 2019 |
Fecha | 11 Enero 2019 |
Materia | Laboral,Derecho Laboral y Seguridad Social |
Localizador | 10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; XI.1o.A.T.44 L (10a.) |
Si en el desahogo de la audiencia de conciliación, demanda y excepciones, el trabajador comparece en compañía de su apoderado y, en esa diligencia éste desiste de la demanda y se acuerda de conformidad, ello evidencia que aun cuando no contara con las facultades suficientes para hacerlo, es innecesaria su ratificación pues, implícitamente, era voluntad del trabajador abdicar de su pretensión, ya que como dato objetivo demuestra que ésa era la asumida por su apoderado, pues él mismo lo presenció y consintió, es por ello que ese desistimiento debe considerarse legal, conforme al principio de buena fe, aplicable en términos del artículo 14, párrafo cuarto, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que autoriza la aplicación de los principios generales del derecho para...
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Sentencia N° 165-2022 de la Sala 3, del Tribunal Supremo de Justicia de Jalisco, 2022
...es decir, en 47 Registro digital: 2018945, Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito, Décima Época, Materias(s): Laboral, Tesis: XI.1o.A.T.44 L (10a.), Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación. Libro 62, Enero de 2019, Tomo IV, página 2449, Tipo: “DESISTIMIENTO DE LA DEMAND......