Tesis Aislada, Tribunales Colegiados de Circuito, 11 de Enero de 2019 (Tesis num. (II Región)2o.3 L (10a.) de Segundo Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de La Segunda Región, 11-01-2019 (Tesis Aisladas))

Número de registro2018967
Número de resolución(II Regi
Fecha de publicación11 Enero 2019
Fecha11 Enero 2019
MateriaLaboral,Derecho Laboral y Seguridad Social
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; (II Región)2o.3 L (10a.)

La Ley de los Trabajadores al Servicio de los Gobiernos Estatal y Municipales, así como de los Organismos Descentralizados del Estado de H., en su artículo 123, prevé una audiencia de pruebas, alegatos y resolución, sin regular su desarrollo ni señalar las consecuencias ante la inasistencia de la persona citada a absolver posiciones, lo que impide la correcta operatividad del precepto. Ahora bien, el Más Alto Tribunal de la República, en diversos criterios se ha pronunciado en favor de la aplicación analógica como un método de integración jurídica para superar el vacío legal, sin que se imponga como requisito indispensable que existan otras normas expresamente referidas al tema concreto, en razón de que, precisamente, esa falta es la que motiva la integración y hace indispensable acudir a diferentes figuras que guarden similitud esencial. Por ello, si la Ley Federal del Trabajo en su artículo 785 sí establece una regulación detallada del desarrollo de la audiencia en la etapa de desahogo de pruebas, incluso, prevé las consecuencias ante la incomparecencia de las partes, ante la laguna legal que contiene la ley burocrática citada, procede la aplicación analógica de aquél, lo que garantiza el derecho...

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