Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Segundo Circuito, 13 de Julio de 2018 (Tesis num. II.2o.P.65 P (10a.) de Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Segundo Circuito, 13-07-2018 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónII.2o.P.65 P (10a.)
Fecha de publicación13 Julio 2018
Fecha13 Julio 2018
Número de registro2017419
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; II.2o.P.65 P (10a.)
MateriaPenal

Si se trata del delito de homicidio simple, no obsta que el resultado no haya sido el querido por el sujeto activo (privar de la vida a un tercero que pasaba por el lugar cuando uno de los activos les disparaba a los policías tratando de huir después de cometer un robo), porque eso no le quita la naturaleza de delito emergente, pues no puede ponerse en duda la naturaleza dolosa del hecho, cuando la actividad que se practica y que se considera como delito emergente es, por naturaleza, ilícita, ya que, a partir de ese momento, la intencionalidad o el error en el golpe, como lo denomina la doctrina, de equivocarse de persona contra la que se dirige el disparo, no transforma en imprudencial al hecho, sino que lo convierte en un dolo eventual y, por tanto, esto es complementario. Así, cuando la naturaleza del acto realizado por el tercero (coautor por codominio del hecho) es ilícita en sí misma, entonces, en automático, el resultado lesivo que se produce sí puede catalogarse como delito emergente y, les es aplicable como tal a todos los partícipes, ya que no puede hablarse de culpa, porque ésta es la falta al deber de cuidado, en relación con una...

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