Tesis Aislada, Octavo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 6 de Julio de 2018 (Tesis num. I.18o.A.49 A (10a.) de Décimo Octavo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 06-07-2018 (Tesis Aisladas))
Número de registro | 2017328 |
Número de resolución | I.18o.A.49 A (10a.) |
Fecha de publicación | 06 Julio 2018 |
Fecha | 06 Julio 2018 |
Materia | Administrativa |
Localizador | 10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; I.18o.A.49 A (10a.) |
En el plano internacional, la figura del asilo tiene una larga tradición como parte del derecho humanitario, cuya nota distintiva es la protección de las personas perseguidas por motivos políticos. En su regulación, destacan el artículo 14 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, así como la Declaración de las Naciones Unidas sobre el Asilo Territorial (1967). Es obligada también la referencia a la Convención Americana sobre Derechos Humanos, en tanto que, además de la importancia de suyo superlativa en la región latinoamericana y la fuerza normativa que tiene en nuestro sistema jurídico, su precedente, la otrora Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre (1948), se distinguió en el mundo por ser pionera en atender la problemática de los refugiados y asilados. En los instrumentos señalados está inserto, no sólo el principio de buena fe, sino también la premisa fundamental de facilitar el acceso a la institución del asilo, sin formalismos rígidos y atendiendo a las peticiones de manera pronta, para hacer eficaz el núcleo del derecho relativo y evitar las prácticas de expulsión o devolución de los solicitantes de asilo, por lo menos, hasta en tanto el país determina si ha lugar o no a su concesión, o si debe, en todo caso, entregar al solicitante a otro país por medio de la extradición. Ahora bien, la reforma a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de derechos humanos, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 10 de junio de 2011, destacadamente a su artículo 11, elevó la protección del derecho al asilo al máximo rango jurídico. Ello motivó que la reglamentación a las figuras del refugio y el asilo político se hiciera en una norma especial, que es la Ley sobre Refugiados, Protección Complementaria y Asilo...
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