Tesis Aislada, Tercer Tribunal Colegiado del Vigésimo Séptimo Circuito, 27 de Abril de 2018 (Tesis num. XXVII.3o.38 A (10a.) de Tercer Tribunal Colegiado del Vigésimo Séptimo Circuito, 27-04-2018 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónXXVII.3o.38 A (10a.)
Fecha de publicación27 Abril 2018
Fecha27 Abril 2018
Número de registro2016764
MateriaCivil,Derecho Civil
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; XXVII.3o.38 A (10a.)

Las diferencias entre los títulos y actos inscribibles y los actos anotables, previstos en los artículos 3199 y 3200 del Código Civil para el Estado de Q.R., respectivamente, derivan de que los primeros son documentos registrables -en sentido amplio- esto es, escritos, ya sean públicos o privados, generalmente dispositivos, en cuyo contenido se instrumenta y registra un acto, hecho o negocio para producir determinados efectos jurídicos por disposición de la ley, como lo disponen, entre otros, los artículos 3159, 3160, 3168 y 3182 del propio código; esto es, tienen efectos contra terceros, ya que crean situaciones jurídicas, como es el caso de los títulos por los cuales se cree, declare, reconozca, adquiera, transmita, modifique, limite, grave o extinga el dominio, posesión originaria y los demás derechos reales sobre inmuebles, como la constitución del patrimonio familiar, los embargos trabados sobre bienes inmuebles, los contratos de arrendamiento de bienes inmuebles por un periodo mayor de seis años y aquellos en que haya anticipos de rentas por más de tres años, y los demás que la ley ordena. Por su parte, los actos anotables tienden, a diferencia de los inscribibles, a denotar situaciones sin modificar la esencia de la inscripción a la cual están referidas, sin menoscabo de una eventual modificación. Esto es, al margen del asiento principal, preventiva o provisionalmente se patentiza una situación jurídica que afecta el bien o el derecho que ampara dicha inscripción en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio; de ahí que el código sustantivo aludido señale como actos susceptibles...

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