Tesis Aislada, Octavo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 27 de Abril de 2018 (Tesis num. I.18o.A.73 A (10a.) de Décimo Octavo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 27-04-2018 (Tesis Aisladas))

Número de registro2016754
Número de resoluciónI.18o.A.73 A (10a.)
Fecha de publicación27 Abril 2018
Fecha27 Abril 2018
MateriaAdministrativa
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; I.18o.A.73 A (10a.)

De una lectura integral y sistemática de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos (en sus artículos 1, fracción X, 68, 69 y 70) y de la Ley Federal de Responsabilidad Ambiental (destacadamente de sus artículos 10, 11, 12 y 24) puede colegirse lo siguiente: (i) Ambos ordenamientos establecen la existencia de responsabilidad subjetiva (directa o indirecta) y objetiva. (ii) Uno de los supuestos generadores de la responsabilidad objetiva lo constituye el riesgo creado por el manejo de materiales y sustancias peligrosas. (iii) La Ley Federal de Responsabilidad Ambiental prevé un régimen de responsabilidad solidario entre las personas físicas o morales que, siendo dos o más, hubiesen ocasionado el daño, y también dispone causales de excepción si alguna de ellas ha cumplido con los programas de vigilancia y/o cuenta con un órgano contralor en materia ambiental. (iv) En términos del artículo 70 de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos puede atribuirse una responsabilidad solidaria -de tipo objetivo en cuanto responde a la imposición de aquella que la ley hace a una persona por la situación jurídica que presenta con relación al predio contaminado- al poseedor o titulares de los predios contaminados. (v) Se infiere también que, incluso en los casos de derrames y contaminación por caso fortuito o fuerza mayor, es responsable de efectuar la remediación quien maneja los materiales peligrosos, tal como se dispone en el artículo 130 del reglamento en cita. En ese sentido, debe interpretarse, la Ley General de Residuos dispone una forma de responsabilidad solidaria especial que resulta específicamente aplicable al caso de contaminación de predios con sustancias peligrosas y que, además, no se contrapone con las diversas formas de responsabilidad previstas en...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR