Tesis Aislada, Tribunales Colegiados de Circuito, 9 de Marzo de 2018 (Tesis num. I.11o.C.93 C (10a.) de Décimo Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 09-03-2018 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónI.11o.C.93 C (10a.)
Fecha de publicación09 Marzo 2018
Fecha09 Marzo 2018
Número de registro2016406
MateriaCivil
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; I.11o.C.93 C (10a.)

El seguro de separación individualizado es una prestación de naturaleza laboral, la cual se otorga a los trabajadores que voluntariamente decidan incorporarse a éste; aportación que es deducida directamente del salario del trabajador o funcionario por la dependencia o entidad para que ésta la entregue directamente a la institución de seguros correspondiente, en un monto equivalente al porcentaje de la percepción ordinaria por concepto de sueldos y salarios del servidor público que se incorpore a él, según corresponda, en función de la aportación ordinaria que éste haga de acuerdo a su elección, y un monto igual es aportado por el patrón a nombre del trabajador en la institución de seguros correspondiente. De esa forma, el monto entregado por el patrón a nombre del trabajador por concepto de seguro de separación individualizado no forma parte del sueldo o salario de éste, pues además de que no se entrega al trabajador, sino a la institución de seguros, la aportación que hace el patrón deriva de la inscripción del trabajador al seguro, mas no del trabajo personal y subordinado que lleva a cabo este último, por lo que, incluso, no se entrega al trabajador de manera continua y permanente. Por ello, la aportación que realiza el patrón sólo constituye un beneficio a favor de los servidores públicos inscritos en el seguro referido, con la finalidad de proporcionarles seguridad económica y salvaguardar la subsistencia y dignidad a los trabajadores en situaciones contingentes, ya sea en el momento de su retiro por haber causado baja en la dependencia o entidad, o en el lapso en que se reincorpore al mercado laboral...

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