Tesis Aislada, Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Vigésimo Segundo Circuito, 16 de Febrero de 2018 (Tesis num. XXII.P.A.12 P (10a.) de Tribunal Colegiado en Materias Penal Y Administrativa del Vigésimo Segundo Circuito, 16-02-2018 (Tesis Aisladas))

Número de registro2016235
Número de resoluciónXXII.P.A.12 P (10a.)
Fecha de publicación16 Febrero 2018
Fecha16 Febrero 2018
MateriaPenal
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; XXII.P.A.12 P (10a.)

Si bien es cierto que la vinculación a proceso se ha considerado por la doctrina reconocida y por los precedentes del Poder Judicial de la Federación sobre un estándar más bajo que el asumido en el sistema tradicional, donde debe evitarse formalizar pruebas o exponer razonamientos sobre su valoración que carguen de formalidad y valor irrefutable a la información recabada en la carpeta de investigación, así como que el análisis de los elementos subjetivos, normativos y objetivos del cuerpo del delito pueden eventualmente resultar innecesarios en esta etapa, y que basta con que se vislumbre un hecho que la ley señale como delito y los datos de prueba que le sirven de soporte para tal efecto; también lo es que en los delitos políticos o contra el Estado, su aplicación debe ser con base en los principios de interpretación conforme y pro persona establecidos en el artículo 1o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que imponen un estándar fáctico y normativo más elevado y exigente que el asumido ordinariamente, para establecer que se actualiza y que determinada persona probablemente lo ha cometido, pues comúnmente lo ejecuta quien dice ejercer sus libertades públicas de información, pensamiento, expresión, asociación, manifestación pública y petición, entre otras, lo cual implica el análisis de cada caso bajo un parámetro de razonabilidad y de menor intervención posible...

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