Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 1 de Diciembre de 2017 (Tesis num. 1a. CCXII/2017 (10a.) de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 01-12-2017 (Tesis Aisladas))
Número de resolución | 1a. CCXII/2017 (10a.) |
Fecha de publicación | 01 Diciembre 2017 |
Fecha | 01 Diciembre 2017 |
Número de registro | 2015766 |
Emisor | Primera Sala |
Materia | Constitucional |
Localizador | 10a. Época; 1a. Sala; Semanario Judicial de la Federación; 1a. CCXII/2017 (10a.) |
El concepto de víctima directa hace referencia a la persona contra la que se dirige en forma inmediata, explícita y deliberadamente la conducta ilícita del agente del Estado: el individuo que pierde la vida, que sufre en su integridad o libertad que se ve privado de su patrimonio, con violación de los preceptos convencionales en los que se recogen estos derechos. En cambio, el concepto de víctima indirecta alude a un sujeto que no sufre la conducta ilícita de la misma forma que la víctima directa, pero también encuentra afectados sus propios derechos a partir del impacto que recibe la denominada víctima directa, de tal manera que el daño que padece se produce como efecto del que ésta ha sufrido, pero una vez que la violación la alcanza se convierte en una persona lesionada bajo un título propio. Así, puede decirse que el daño que sufre una víctima indirecta es un "efecto o consecuencia" de la afectación que experimenta la víctima directa. En este orden de ideas, el ejemplo paradigmático de víctimas indirectas son los familiares de las personas que han sufrido de manera directa e inmediata una vulneración en sus derechos humanos.
Amparo en revisión 382/2015. B.P. de O. y otras. 2 de marzo de 2016. Cinco votos de los M.A.Z.L. de L., J.R.C.D., J.M.P.R., quien formuló voto concurrente en el que manifestó apartarse de las consideraciones relativas al tema contenido en la presente tesis, N.L.P.H. y A.G.O.M., por lo que respecta a la concesión del amparo. Mayoría de cuatro votos, en cuanto se refiere a los efectos, de los Ministros A.Z.L. de L., J.R.C.D., N.L.P.H. y A.G.O.M.. Disidente y Ponente: J.M.P.R.. Encargado del engrose: A.Z.L. de L.. Secretario: A.B.Z..
Esta tesis se publicó el viernes 01 de diciembre de 2017 a las 10:13 horas en el Semanario Judicial de la Federación.-
Ejecutoria de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala
...sus derechos, intereses o bienes jurídicos colectivos como resultado de la comisión de un delito o la violación de derechos." 11. Tesis 1a. CCXII/2017 (10a.). Publicada en el Semanario Judicial de la Federación «del viernes 1 de diciembre de 2017 a las 10:13 horas y en la Gaceta del Semanar......
-
Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 25-04-2018 (AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 1065/2018)
...que abordó en cuanto a la conceptualización de víctimas directas o indirectas. Tales consideraciones dieron origen a la tesis aislada 1a. CCXII/2017 (10a.)14, cuyo rubro y texto son los siguientes: ‘VÍCTIMAS DIRECTA E INDIRECTA DE VIOLACIONES A DERECHOS HUMANOS. SUS CONCEPTOS Y DIFERENCIAS.......
-
Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 17-06-2020 (SOLICITUD DE EJERCICIO DE LA FACULTAD DE ATRACCIÓN 695/2019)
...que ésta ha sufrido, mas una vez que la violación la alcanza se convierte en una persona lesionada bajo un título propio. Tesis aislada 1a. CCXII/2017 de rubro: VÍCTIMAS DIRECTA E INDIRECTA DE VIOLACIONES A DERECHOS HUMANOS. SUS CONCEPTOS Y DIFERENCIAS8. De ahí que, debe definirse si a la e......
-
Sentencia con número de expediente 378/2022. Juzgado Decimoctavo de Distrito en el Estado de Veracruz, con residencia en Xalapa, 2022-06-22
...60 desaparecidas son migrantes que entraron en el territorio 61 nacional de forma irregular…”. 62 De dicha resolución surgió la tesis 1a. CCXII/2017 63 emitida por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la 64 Nación con registro digital: 2015766, Décima Época, Materias(s): 65 Co......