Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 27 de Octubre de 2017 (Tesis num. 2a. CLXIII/2017 (10a.) de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 27-10-2017 (Tesis Aisladas))

Número de resolución2a. CLXIII/2017 (10a.)
Fecha de publicación27 Octubre 2017
Fecha27 Octubre 2017
Número de registro2015391
EmisorSegunda Sala
MateriaComún
Localizador10a. Época; 2a. Sala; Semanario Judicial de la Federación; 2a. CLXIII/2017 (10a.)

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación sostuvo que, por excepción, puede controvertirse la constitucionalidad de un artículo de un ordenamiento diverso a la Ley de Amparo que sirvió como fundamento para resolver sobre la suspensión del acto reclamado. Ahora bien, en virtud de que el planteamiento de constitucionalidad del precepto reclamado derivó de la aplicación realizada por el órgano jurisdiccional de amparo en la resolución interlocutoria, los efectos de la concesión están limitados a la resolución impugnada, es decir, el precepto declarado inconstitucional no se aplicará únicamente en el caso concreto, pues su inconstitucionalidad se controvirtió a partir de su aplicación en esa resolución, sin que haya lugar a desaplicarlo en el futuro, porque ello es propio cuando la acción constitucional se hace valer contra dicho precepto.

Amparo en revisión 271/2017. Altos Hornos de México, S.A.B. de C.V. 23 de agosto de 2017. Unanimidad de cuatro votos de los Ministros A.P.D., J.L.P., J.F.F.G.S. y E.M.M.I.A.: M.B.L.R.. Ponente: E.M.M.I.S.: E.M.L.F., J.C.D. y E.R.T..

Esta tesis se publicó el viernes 27 de octubre de 2017 a las 10:37 horas en el Semanario Judicial de la Federación.

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