Tesis Aislada, Tribunal Colegiado del Vigésimo Sexto Circuito, 1 de Septiembre de 2017 (Tesis num. XXVI.9 A (10a.) de Tribunal Colegiado del Vigésimo Sexto Circuito, 01-09-2017 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónXXVI.9 A (10a.)
Fecha de publicación01 Septiembre 2017
Fecha01 Septiembre 2017
Número de registro2015080
MateriaComún
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; XXVI.9 A (10a.)

La Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental abrogada, en su artículo 19, establece que los sujetos obligados a adoptar las medidas necesarias para la protección de datos personales, podrán comunicar la información confidencial "siempre y cuando medie el consentimiento expreso del particular titular". En estas condiciones, si en un acta de inspección o verificación se hizo del conocimiento del particular que los datos personales recabados serían protegidos de conformidad con el artículo 18, fracción II, del ordenamiento citado y, no obstante ello, la autoridad correspondiente publica en su página oficial de Internet la medida de seguridad que le impuso en el procedimiento administrativo sancionador, sin que el visitado haya autorizado la publicación o difusión de sus datos personales, se estima que, indebidamente, la autoridad procedió en los apuntados términos, toda vez que la publicación señalada transgrede el derecho a la presunción de inocencia, día con día. Por tanto, procede conceder la suspensión provisional en el amparo contra dicho acto, pues la violación señalada no podrá ser reparada, aun cuando la...

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