Tesis Aislada, Tribunales Colegiados de Circuito, 25 de Agosto de 2017 (Tesis num. (IV Región)2o.12 K (10a.) de Segundo Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de La Cuarta Región, 25-08-2017 (Tesis Aisladas))

Número de resolución(IV Regi
Fecha de publicación25 Agosto 2017
Fecha25 Agosto 2017
Número de registro2015006
MateriaConstitucional, Común
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; (IV Región)2o.12 K (10a.)

Si el Juez de Distrito sobreseyó en el juicio de amparo indirecto respectivo, considerando para ese efecto que la parte interesada no hizo valer el recurso de revocación contra el auto dictado por el Juez de primera instancia, a través del cual, a su vez, fue desechado el recurso de revocación interpuesto por aquélla; dicho proceder del Juez Federal entraña la imposición a la parte interesada de la obligación de interponer recurso contra recurso, lo que transgrede el derecho humano de acceso a la justicia, tutelado por el numeral 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Y así, el agravio que combate ese sobreseimiento resulta fundado y apto para revocar la sentencia recurrida que lo decretó pues, al no existir medio de impugnación ordinario contra el proveído por el que el Juez de origen dispuso tener por no admitido el recurso de revocación, resulta procedente el amparo indirecto conforme al artículo 107, fracción V, de la Ley de Amparo.


SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO...

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