Tesis Aislada, Décimo Tercer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, 21 de Abril de 2017 (Tesis num. I.13o.T.172 L (10a.) de Décimo Tercer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, 21-04-2017 (Tesis Aisladas))

Número de registro2014142
Número de resoluciónI.13o.T.172 L (10a.)
Fecha de publicación21 Abril 2017
Fecha21 Abril 2017
MateriaLaboral
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; I.13o.T.172 L (10a.)

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la jurisprudencia 2a./J. 147/2010, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXXIII, enero de 2011, página 827, de rubro: "INSUMISIÓN AL ARBITRAJE EN MATERIA LABORAL. LA TERMINACIÓN DE LA RELACIÓN DE TRABAJO SE DA AL RESOLVER PROCEDENTE EL INCIDENTE RESPECTIVO.", estableció que la procedencia de la insumisión al arbitraje trae como consecuencia que se declare la terminación del contrato de trabajo mediante el pago de las indemnizaciones y responsabilidades que resulten al patrón, previstas en los artículos 50 y 947 de la Ley Federal del Trabajo. En ese sentido, la ruptura del vínculo se declara concluida hasta que se dicta la resolución respectiva; sin embargo, ello no significa la continuidad de la relación laboral con posterioridad a la fecha del despido, por lo que en el supuesto de que el trabajador prestó sus servicios por un periodo menor a un año, las prestaciones contractuales, como la prima vacacional y la ayuda para actividades culturales y recreativas establecidas en la cláusula 47 del Contrato Colectivo de Trabajo celebrado entre el Instituto Mexicano del Seguro...

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