Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado en Materias Civil y de Trabajo del Quinto Circuito, 17 de Febrero de 2017 (Tesis num. V.2o.C.T.1 C (10a.) de Segundo Tribunal Colegiado en Materias Civil Y de Trabajo del Quinto Circuito, 17-02-2017 (Tesis Aisladas))
Número de resolución | V.2o.C.T.1 C (10a.) |
Fecha de publicación | 17 Febrero 2017 |
Fecha | 17 Febrero 2017 |
Número de registro | 2013702 |
Materia | Común |
Localizador | 10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; V.2o.C.T.1 C (10a.) |
De conformidad con los artículos 107, fracciones III, inciso a) y V, inciso c), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 170, fracciones I y II, de la Ley de Amparo, el juicio de amparo directo procede contra la sentencia definitiva o resolución que pone fin al juicio, entendiéndose por la primera, la que lo decide en lo principal y contra la que no proceda recurso ordinario alguno por virtud de la cual pueda ser modificada o revocada: y, por la segunda, aquella que sin decidir el juicio en lo principal, lo da por concluido y respecto de la cual, las leyes no concedan recurso ordinario alguno. Por otra parte, el artículo 73 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Sonora establece que los abogados patronos y procuradores pueden reclamar incidentalmente a las partes que los designen en el juicio respectivo, el pago de honorarios, acción que también pueden promover autónomamente en la vía sumaria civil en términos del artículo 497, fracción III, del mismo ordenamiento. En ese orden de ideas, cuando esta acción se tramita incidentalmente en términos del primer numeral, debe considerarse como principal e independiente a la deducida en el juicio en que se planteó, pues las partes materiales e intereses que intervienen en el incidente son distintos, así como las pretensiones que se deducen en él; además, el objeto del citado incidente no es el de resolver una cuestión previa o algún punto procesal que implique contradicción entre las partes que intervienen en el juicio del que deriva, sino que decide una cuestión autónoma surgida entre una de las partes materiales y su abogado, en el que se involucran intereses distintos a los...
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