Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Sexto Circuito, 23 de Septiembre de 2016 (Tesis num. VI.1o.P.34 P (10a.) de Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Sexto Circuito, 23-09-2016 (Tesis Aisladas))

Número de registro2012634
Número de resoluciónVI.1o.P.34 P (10a.)
Fecha de publicación23 Septiembre 2016
Fecha23 Septiembre 2016
MateriaPenal
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; VI.1o.P.34 P (10a.)

El artículo 82 Bis mencionado establecía el beneficio de la disminución de la pena en una mitad, cuando el sujeto activo confesara su participación en la comisión de un delito no grave ante el Ministerio Público y la ratificara ante el Juez, al declarar en preparatoria. Ahora bien, como el delito de privación ilegal de la libertad en su modalidad de secuestro, previsto y sancionado por el artículo 302 Bis del propio código (vigente hasta el 31 de diciembre de 2008) -por omisión legislativa-, no está señalado expresamente como grave en el artículo 69, inciso j, del Código de Procedimientos en Materia de Defensa Social para esa entidad, dicho beneficio procede en favor del sentenciado por ese ilícito, si confesó ante el Ministerio Público su participación en su comisión y la ratificó ante el Juez de la causa al declarar en preparatoria. Lo anterior, no obstante advertirse de tal injusto típico una materialización de importante gravedad, al tratarse del plagio o secuestro, entre otros, de incapaces física y...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR