Tesis Aislada, Décimo Tercer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, 30 de Septiembre de 2016 (Tesis num. I.13o.T.161 L (10a.) de Décimo Tercer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, 30-09-2016 (Tesis Aisladas))

Número de registro2012705
Número de resoluciónI.13o.T.161 L (10a.)
Fecha de publicación30 Septiembre 2016
Fecha30 Septiembre 2016
MateriaLaboral
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; I.13o.T.161 L (10a.)

Si un trabajador demanda el pago de vacaciones y prima vacacional, así como de las prestaciones derivadas del Contrato Colectivo de Trabajo celebrado entre la Comisión Federal de Electricidad y el Sindicato de Trabajadores, como consecuencia de que en diverso juicio se le reconoció su antigüedad real, la prescripción genérica prevista en el artículo 516 de la Ley Federal del Trabajo opera a partir de que el derecho se hizo exigible, ya que la falta del reconocimiento de antigüedad no interrumpe el plazo prescriptorio del derecho del trabajador para reclamar las prestaciones devengadas, máxime que nada impide reclamar su pago cuando éste se hizo exigible, aun cuando en esa época no tuviera reconocidos todos los años de servicios prestados.


DÉCIMO TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.

Amparo directo 403/2016. 23 de junio de 2016. Mayoría de votos. Disidente: M.d.R.M.C.. Ponente: H.L.R.. Secretaria: C.G.V..


Nota: Esta tesis fue objeto de la denuncia relativa a la contradicción de tesis 312/2018 de la Segunda Sala de la que derivó la tesis jurisprudencial 2a./J. 129/2018 (10a.) de título y subtítulo: "COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD. EN RELACIÓN CON EL PAGO DE...

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