Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 9 de Septiembre de 2016 (Tesis num. 2a. LXXXII/2016 (10a.) de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 09-09-2016 (Tesis Aisladas))
Número de resolución | 2a. LXXXII/2016 (10a.) |
Fecha de publicación | 09 Septiembre 2016 |
Fecha | 09 Septiembre 2016 |
Número de registro | 2012536 |
Emisor | Segunda Sala |
Materia | Común |
Localizador | 10a. Época; 2a. Sala; Semanario Judicial de la Federación; 2a. LXXXII/2016 (10a.) |
El análisis sobre la aplicación de la jurisprudencia emitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación constituye una cuestión de legalidad que, en principio, no debe analizarse; sin embargo, si ésta se refiere a un tema propiamente constitucional y en agravios se impugna su aplicación indebida por considerarse que el Tribunal Colegiado de Circuito le dio una interpretación distinta a la que le dio el Tribunal Supremo, procederá de manera excepcional el recurso de revisión en amparo directo. Lo anterior se justifica en la medida en que se plantea la posibilidad de que el Tribunal Colegiado no haya realizado una mera aplicación de los criterios jurisprudenciales emitidos por esta Suprema Corte de Justicia de la Nación, sino más bien que haya llevado a cabo una nueva interpretación constitucional en el caso concreto, por lo que el recurso de revisión en amparo directo es procedente.
Amparo directo en revisión 2931/2015. N.G.U.. 13 de abril de 2016. Unanimidad de cuatro votos de los Ministros E.M.M.I., J.L.P., J.F.F.G.S. y M.B.L.R.; se aparta de consideraciones M.B.L.R.; se aparta de algunas consideraciones J.F.F.G.S.. Ausente: A.P.D.. Ponente: E.M.M.I.S.: M.T.M.C..
Nota: Este criterio ha integrado la jurisprudencia 2a./J. 95/2018 (10a.), publicada en el Semanario Judicial de la Federación del viernes 7 de septiembre de 2018 a las 10:16 horas y en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Libro 58, Tomo I, septiembre de 2018, página 910, de título y subtítulo: "REVISIÓN EN AMPARO DIRECTO. PROCEDE EXCEPCIONALMENTE CUANDO SE IMPUGNE LA APLICACIÓN DE LA JURISPRUDENCIA EMITIDA POR LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN, RELACIONADA CON UN TEMA PROPIAMENTE CONSTITUCIONAL."
Esta tesis se publicó el viernes 09 de septiembre de 2016 a las 10:18 horas en el Semanario Judicial de la Federación.-
Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 22-03-2017 (RECURSO DE RECLAMACIÓN 2/2017)
...esta Suprema Corte mediante el recurso de revisión en amparo directo. Las anteriores consideraciones se encuentran plasmadas en la tesis 2a. LXXXII/2016 (10a.), que se lee bajo el rubro: "REVISIÓN EN AMPARO DIRECTO. PROCEDE EXCEPCIONALMENTE CUANDO SE IMPUGNE LA APLICACIÓN DE LA JURISPRUDENC......
-
Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 11-07-2018 (AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 1505/2018)
...14 Publicada en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación; libro 34, septiembre de 2016, tomo I; materia(s): común; tesis: 2a. LXXXII/2016 (10a.); identificable con el número de registro:...
-
Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 15-02-2017 (RECURSO DE RECLAMACIÓN 1433/2016)
...o remitirá a los tribunales colegiados de circuito los que, conforme a los referidos acuerdos, la propia Corte determine”. 14 Tesis 2a. LXXXII/2016 (10a.), Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, número de registro 2012536, Libro 34, Septiembre de 2016, Tomo I, Materia......
-
Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 29-05-2019 (RECURSO DE RECLAMACIÓN 612/2019)
...propiamente constitucional, lo que en este asunto, como se señaló, no acontece. Sirve de apoyo la tesis de la Segunda Sala número 2a. LXXXII/2016 (10a.) de rubro: ‘REVISIÓN EN AMPARO DIRECTO. PROCEDE EXCEPCIONALMENTE CUANDO SE IMPUGNE LA APLIACIÓN DE LA JURISPRUDENCIA EMITIDA POR LA SUPREMA......