Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 24 de Junio de 2016 (Tesis num. 2a. XXXII/2016 (10a.) de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 24-06-2016 (Tesis Aisladas))
Número de resolución | 2a. XXXII/2016 (10a.) |
Fecha de publicación | 24 Junio 2016 |
Fecha | 24 Junio 2016 |
Número de registro | 2011952 |
Emisor | Segunda Sala |
Materia | Común |
Localizador | 10a. Época; 2a. Sala; Semanario Judicial de la Federación; 2a. XXXII/2016 (10a.) |
Los agravios constituyen el conjunto de enunciados concretos respecto a cuestiones debatidas en un juicio, manifestados a través de razonamientos lógico-jurídicos tendientes a desvirtuar los argumentos y conclusiones del órgano jurisdiccional. Por tanto, la transcripción de los preceptos constitucionales o legales que se consideran violados no puede ser suficiente para formular un agravio, pues no basta la simple expresión de manifestaciones generales y abstractas, sino que es necesario precisar la manera en que se actualizan los perjuicios a que se refiere y explicar las consecuencias que, en su caso, se hayan producido. En ese sentido, si el recurrente únicamente se limita a manifestar que la sentencia impugnada viola en su perjuicio diversas disposiciones constitucionales o legales y las transcribe, careciendo de una estructura lógico-jurídica, dicho agravio debe calificarse de inoperante.
Amparo en revisión 498/2015. J.L.F.G. y otros. 4 de noviembre de 2015. Cinco votos de los Ministros E.M.M.I., J.N.S.M., J.F.F.G.S., M.B.L.R. y A.P.D.. Ponente: E.M.M.I.S.: L.G.V. y M.T.M.C..
Esta tesis se publicó el viernes 24 de junio de 2016 a las 10:24 horas en el Semanario Judicial de la Federación.-
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