Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 28 de Febrero de 2015 (Tesis num. 1a. LXIX/2015 (10a.) de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 20-02-2015 (Tesis Aisladas))

Número de resolución1a. LXIX/2015 (10a.)
Fecha de publicación28 Febrero 2015
Fecha28 Febrero 2015
Número de registro2008498
Localizador [TA] ; 10a. Época; 1a. Sala; Gaceta S.J.F.; Libro 15, Febrero de 2015; Tomo II; Pág. 1416. 1a. LXIX/2015 (10a.).
EmisorPrimera Sala
MateriaComún,Derecho Civil,Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Penal,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional

Si el recurrente alegó la inconstitucionalidad de una norma general en amparo directo y el Tribunal Colegiado de Circuito la analizó en su sentencia, aplicando una tesis aislada de la Suprema Corte de Justicia de la Nación que resolvió la cuestión constitucional planteada, debe declararse procedente el recurso de revisión, a fin de que el alto tribunal, en Pleno o en Salas, determine, a través del escrutinio propio de dicho recurso, si reitera o no el criterio correspondiente para establecer jurisprudencia obligatoria.

Recurso de reclamación 181/2014. M.R.O., su sucesión. 28 de mayo de 2014. Mayoría de cuatro votos de los Ministros A.Z.L. de L., J.R.C.D., A.G.O.M. y O.S.C. de G.V.. Disidente: J.M.P.R.. Ponente: A.Z.L. de L.. Secretaria: A.M.I.O..

Esta tesis se publicó el viernes 20 de febrero de 2015 a las 09:30 horas en el Semanario Judicial de la Federación.
15 sentencias

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR