Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 30 de Noviembre de 2014 (Tesis num. 1a. CCCLXXXVII/2014 (10a.) de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 21-11-2014 (Tesis Aisladas))

Número de resolución1a. CCCLXXXVII/2014 (10a.)
Fecha de publicación30 Noviembre 2014
Fecha30 Noviembre 2014
Número de registro2007988
Localizador [TA] ; 10a. Época; 1a. Sala; Gaceta S.J.F.; Libro 12, Noviembre de 2014; Tomo I; Pág. 725. 1a. CCCLXXXVII/2014 (10a.).
EmisorPrimera Sala
MateriaCivil

Esta Primera Sala advierte que en el caso del matrimonio, la legislación civil o familiar en nuestro país establece una obligación de dar alimentos como parte de los deberes de solidaridad y asistencia mutuos. Así, en condiciones normales, la pareja guarda una obligación recíproca de proporcionarse todos los medios y recursos necesarios para cubrir las necesidades de la vida en común y establecer las bases para la consecución de los fines del matrimonio. Sin embargo, una vez decretada la disolución del matrimonio esta obligación termina y podría, en un momento dado, dar lugar a una nueva que responde a presupuestos y fundamentos distintos, la cual doctrinariamente ha recibido el nombre de "pensión compensatoria", aunque en la legislación de nuestro país se le refiera genéricamente como pensión alimenticia. En efecto, se advierte que a diferencia de la obligación de alimentos con motivo de una relación matrimonial o de concubinato, la pensión compensatoria encuentra su razón de ser en un deber tanto asistencial como resarcitorio derivado del desequilibrio económico que suele presentarse entre los cónyuges al momento de disolverse el vínculo matrimonial. En este sentido, esta Primera Sala considera que el presupuesto básico para que surja la obligación de pagar una pensión compensatoria consiste en que, derivado de las circunstancias particulares de cada caso concreto, la disolución del vínculo matrimonial coloque a uno de los cónyuges en una situación de desventaja económica que en última instancia incida en su capacidad para hacerse de los medios suficientes para sufragar sus necesidades y, consecuentemente, le impida el acceso a un nivel de vida adecuado. Por tanto, podemos concluir que la imposición de una pensión compensatoria en estos casos no se constriñe sencillamente a un deber de ayuda mutua, sino que además tiene como objetivo compensar al cónyuge que durante el matrimonio se vio imposibilitado para hacerse de una independencia económica, dotándolo de un ingreso suficiente hasta en tanto esta persona se encuentre en posibilidades de proporcionarse a sí misma los medios necesarios para su subsistencia.

Amparo directo en revisión 269/2014. 22 de octubre de 2014. Mayoría de cuatro votos de los Ministros A.Z.L. de L., J.M.P.R., O.S.C. de G.V. y A.G.O.M.. Disidente: J.R.C.D., quien reservó su derecho para formular voto particular. Ponente: A.Z.L. de L.. Secretario: J.M. y G..

Esta tesis se publicó el viernes 21 de noviembre de 2014 a las 09:20 horas en el Semanario Judicial de la Federación.
107 sentencias
  • Ejecutoria de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala
    • México
    • Primera Sala
    • 30 November 2017
    ...la cual podrá ser invocada por cualquiera de ellos." 9. Resuelta el 22 de octubre de 2014 por mayoría de 4 votos. 10. Ver tesis 1a. CCCLXXXVII/2014 (10a.), Décima Época, publicada en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Libro 12, Tomo I, noviembre de 2014, página 725, «y en el......
  • Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 14-10-2015 (AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 1754/2015)
    • México
    • PRIMERA SALA
    • 14 October 2015
    ...Tesis: Aislada, Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Libro 12, Noviembre de 2014, Tomo I, Materia(s): Civil, Tesis: 1a. CCCLXXXVII/2014 (10a.), Página: 67 Fallado el día 15 de abril de 2015, mayoría de tres votos, con los votos en contra de los ministros G.O.M. y P.R.. 68......
  • Sentencia Nº 0381/2008 de Juez Auxiliar 8, 17-02-2022
    • México
    • Juez Auxiliar 8
    • 17 February 2022
    ...al momento de extinguirse el vínculo matrimonial, y al constituirla deben atenderse los parámetros mencionados en la tesis aislada 1a. CCCLXXXVII/2014 (10a.), de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la por ende, aunque los alimentos son de orden público e interés social, en un......
  • Ejecutoria, Plenos de Circuito
    • México
    • 30 November 2015
    ...imposibilidad de allegarse de los medios suficientes para su subsistencia.(14) "Todo lo anterior, de conformidad con la tesis aislada 1a. CCCLXXXVII/2014 (10a.) de esta Primera Sala, cuyo rubro es: ‘PENSIÓN COMPENSATORIA. LA OBLIGACIÓN DE PROPORCIONARLA ES DE NATURALEZA DISTINTA A LA OBLIGA......
  • Solicita tu prueba para ver los resultados completos

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR