Tesis Aislada, Octavo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 30 de Noviembre de 2014 (Tesis num. I.8o.A.83 A (10a.) de Octavo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 14-11-2014 (Tesis Aisladas))

Número de registro2007960
Número de resoluciónI.8o.A.83 A (10a.)
Fecha de publicación30 Noviembre 2014
Fecha30 Noviembre 2014
Localizador [TA] ; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 12, Noviembre de 2014; Tomo IV; Pág. 3000. I.8o.A.83 A (10a.).
MateriaAdministrativa

El principio de litis abierta previsto en el artículo 1o. de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo no contiene limitante ni condición alguna para el actor en el juicio contencioso administrativo federal, razón por la cual, éste, al impugnar una resolución, está facultado para formular conceptos de nulidad sobre aspectos que no hizo valer en el procedimiento del que aquélla derivó e, incluso, externar argumentos para evidenciar las violaciones cometidas en su perjuicio durante la tramitación de éste, pues el principio mencionado permite al gobernado una defensa extendida, por lo cual, el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa está obligado a estudiar dichos planteamientos.


OCTAVO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.

Revisión administrativa (Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo) 275/2014. Titular de la Unidad de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de la Función Pública. 12 de septiembre de 2014. Unanimidad de votos. Ponente: Ma. G.R.M.. Secretaria: J.J.S.A..


Nota: En relación con el alcance de la...

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