Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Décimo Sexto Circuito, 31 de Agosto de 2014 (Tesis num. XVI.1o.T.5 L (10a.) de Primer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Décimo Sexto Circuito, 08-08-2014 (Tesis Aisladas))

Número de registro2007093
Número de resoluciónXVI.1o.T.5 L (10a.)
Fecha de publicación31 Agosto 2014
Fecha31 Agosto 2014
Localizador [TA] ; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 9, Agosto de 2014; Tomo III; Pág. 1818. XVI.1o.T.5 L (10a.).
MateriaLaboral

El artículo 780 de la Ley Federal del Trabajo dispone: "Las pruebas se ofrecerán acompañadas de todos los elementos necesarios para su desahogo.". Al respecto, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que dicha locución se refiere a aquellos elementos considerados como indispensables para que pueda llevarse a cabo la diligencia respectiva, o proporcionarse los datos o informes solicitados; destacando que, por cuanto a los informes, la Junta está obligada a requerirlos directamente a la autoridad, conforme al numeral 803, y sólo han de considerarse como requisitos imprescindibles, los datos que permitan elevar la petición de mérito, como lo son, el señalamiento de la autoridad obligada a rendir el informe y los aspectos sobre los que habrá de referirse. En ese sentido, cuando en un juicio laboral se ofrecen como pruebas los informes del Instituto Mexicano del Seguro Social y del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, no es...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • Ejecutoria num. 74/2023 de Tribunales Colegiados de Circuito, 07-07-2023 (AMPARO DIRECTO)
    • México
    • Tribunales Colegiados de Circuito
    • Invalid date
    ...dicha probanza, no obstante estar ofrecida conforme a derecho. 120.22 "Tiene relación con lo antes expuesto la siguiente tesis: "Tesis: XVI.1o.T.5 L (10a.) "‘INFORMES DEL IMSS E INFONAVIT. SI SE OFRECEN COMO PRUEBAS EN UN JUICIO LABORAL NO ES INDISPENSABLE PARA SU ADMISIÓN QUE EL OFERENTE P......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR